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taxes26 de mayo de 2026·6 min

Factura para Autónomos en España: Requisitos y Modelo 2025

Requisitos legales de facturación para autónomos en España: IVA, IRPF, numeración correlativa y errores frecuentes que evitar.

Como autónomo en España, emitir facturas correctas no es opcional — es una obligación legal. Una factura incompleta o con errores puede suponer sanciones de la AEAT y complicar la deducción de IVA a tus clientes. Esta guía te explica todo lo que necesitas para facturar correctamente en 2025.

Requisitos obligatorios de una factura en España

Según el Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012), toda factura debe incluir:

  • Número de factura — Correlativo y único (ej.: F-2025-001)
  • Fecha de expedición — Cuándo se emite la factura
  • Fecha de operación — Cuándo se realizó el servicio o entrega (si difiere)
  • NIF/CIF del emisor — Tu número de identificación fiscal
  • Nombre y apellidos o razón social del emisor
  • Domicilio del emisor
  • NIF/CIF y datos del destinatario — Para facturas B2B es obligatorio
  • Descripción de la operación — Qué servicio o producto se entrega
  • Base imponible — Importe antes de IVA
  • Tipo de IVA — General (21%), reducido (10%) o superreducido (4%)
  • Cuota tributaria — Importe del IVA
  • Importe total — Base imponible + cuota IVA

Tipos de IVA en España para autónomos

Según el tipo de actividad, aplicarás un tipo de IVA diferente:

  • 21% (tipo general): La mayoría de servicios profesionales, consultoría, diseño, desarrollo web, marketing
  • 10% (tipo reducido): Transporte de viajeros, hostelería, restauración, renovación de viviendas
  • 4% (tipo superreducido): Libros, medicamentos, alimentos de primera necesidad
  • 0% / Exento: Servicios educativos, sanitarios, seguros, servicios financieros

Retención de IRPF en facturas de autónomos

Si eres profesional (actividades económicas del artículo 95 LIRPF), debes aplicar una retención de IRPF en tus facturas a empresas y otros autónomos:

  • Retención general: 15%
  • Inicio de actividad (primeros 3 años): 7%

La retención se descuenta del importe total. Tu cliente la ingresa en Hacienda en tu nombre. Tú la recuperas o compensas al presentar la declaración de la renta (IRPF).

Factura con IVA e IRPF: ejemplo práctico

Servicio de consultoría de marketing — febrero 2025:

  • Base imponible: 1.000,00 €
  • IVA (21%): + 210,00 €
  • Retención IRPF (15%): - 150,00 €
  • Total a cobrar: 1.060,00 €

¿Cuándo no se aplica IVA?

Algunas actividades están exentas de IVA por ley (art. 20 LIVA): servicios médicos, educativos, financieros y de seguros. Si tu actividad está exenta, no aplicas IVA, pero debes indicarlo en la factura con la referencia legal correspondiente.

Errores más comunes en facturas de autónomos

Numeración no correlativa

La Agencia Tributaria exige numeración correlativa y sin saltos. No puedes eliminar facturas una vez emitidas — debes emitir una factura rectificativa.

Debes conservar todas las facturas durante 4 años según la Ley General Tributaria (el plazo de prescripción fiscal). Se recomienda conservarlas 5 años por seguridad.

Olvidar el NIF del cliente en facturas B2B

Para clientes empresas, el NIF/CIF del destinatario es obligatorio. Sin él, tu cliente no puede deducirse el IVA soportado.

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FAQ

¿Qué IVA aplico como autónomo en España?

El tipo general es el 21%, aplicable a la mayoría de servicios profesionales. El tipo reducido del 10% se aplica a determinadas actividades (hostelería, transporte). El superreducido del 4% aplica a bienes esenciales. Algunas actividades están exentas (sanidad, educación).

¿Es obligatorio incluir la retención de IRPF en todas las facturas?

Solo si eres profesional y facturas a empresas u otros autónomos en España. La retención del 15% (o 7% en el inicio de actividad) se aplica a actividades económicas recogidas en el artículo 95 del Reglamento del IRPF. No aplica a facturas a particulares.

¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas como autónomo?

Al menos 4 años, que es el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias según la Ley General Tributaria. Se recomienda guardarlas 5 años por precaución y hasta 6 años en algunos casos (prescripción civil).

¿Puedo crear facturas sin número correlativo?

No. La AEAT exige que la numeración sea correlativa y sin interrupciones dentro del mismo ejercicio. Si cometes un error, emite una factura rectificativa que haga referencia a la original, nunca la elimines.

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